Según la sentencia, en efecto, el militar que disparo a Giuliani no hizo un uso excesivo de la fuerza, pues respondió a lo que consideraba un real e inminente peligro para su vida y la de sus compañeros. “El Carabiniero”, se lee en la sentencia, “se estaba enfrentando con un grupo de manifestantes que llevaba a cabo un violento ataque contra el vehículo en el que se encontraba”. El militar a disparado “solo cuando el ataque ha continuado” y cuando “ha percibido un riesgo real e inminente para su vida y la de sus colegas”. Los jueces también han mantenido que, con diferencia de lo que sostenía la familia Giuliani, el gobierno italiano había colaborado suficientemente con el Tribunal, tratando de conducir a un apropiado conocimiento del caso. No hay violación del artículo 38 de la Convención que impone a los Estados contrayentes de entregar toda la información requerida por los jueces de Estrasburgo.
El Tribunal ha dado la razón a los familiares de Carlo Giuliani reconociendo que Italia debería haber desarrollado una investigación para establecer si el hecho podría deberse a una mala planificación y gestión de las operaciones de orden público. Según los jueces, cuando un Estado hospeda un evento como el G8, considerado de alto nivel de riesgo, es necesario tomar cada medida de seguridad necesaria también para salvaguardar los derechos de quién protesta y la libertad de expresión: Italia en la planificación y la preparación de las medidas de seguridad pública, habría minimizado los riesgos.
Incluso si el Tribunal reconoce una unión directa e inmediata entre defectos en la preparación de las operaciones y la muerte de Carlo Giuliani. Por ello los jueces han establecido que el Estado deberá resarcir con 40.000€ a los padres de Carlo Giuliani.
Desde Getafe, mucho animo a la familia de Carlo.